LA REFORMA JUDICIAL EN MEXICO



Me ha pedido una de mis lectoras, quien fue además fue una de mis brillantes alumnas en la Universidad de Ecatepec, opine respecto a la reforma judicial.

Pues bien... ¡Que podemos decir de la reforma judicial, porque cuando se habla de esta, los abogados tienen el error de pensar, que la muy mencionada reforma, se limita únicamente a los juicios orales, específicamente a los juicios orales penales, lo cual, no es cierto del todo, pues dicha reforma, es mucho más de lo que los profesionistas en derecho piensan.

Pensar que la reforma judicial, y sobre todo, los juicios orales penales solucionaran los problemas de corrupción e incredulidad de la que gozan nuestras instituciones, ya muchas veces mandadas al diablo, sería realmente limitado suponer.

La reforma judicial sobre todo en un país como el nuestro, ha sido una necesidad llevarla a cabo; y si existe esa necesidad, desde la época de Juarez, es más, desde que el país se independizó y quizás, todavía desde antes, se debe precisamente a que los ciudadanos, de estos dos siglos de México independiente, no se ha sentido realmente protegidos, ni representados por los tribunales mexicanos. Condición indispensable, si este país, aspira a convertirse en un Estado Desarrollado. (Pues hay quienes dicen que somos una Economía emergente).

Mariano Otero junto con Manuel Crecencio Rejón, idearon en 1847, un sistema de tutela constitucional, llamado "Juicio de Amparo", con los cuales, cualquier individuo podía solicitar la protección de la Justicia de la Unión, en caso de que la autoridad le "violara" sus derechos fundamentales previstos en la Constitución. Esos derechos del hombre, fueron regulados en la Constitución de 1857 y posteriormente, en la Constitución de 1917, que denomino"garantías individuales". Esta reforma, dio esencia y motor propio, a la concepción del Poder Judicial del Estado liberal mexicano.

También en el periodo presidencial del Presidente Sebastian Lerdo de Tejada, quien gobernó de 1872 a 1876, la Constitución fue reformada para establecer la gratuidad de la impartición de justicia, refiriéndose a esta gratuidad, a que los auxiliares del juez, llamese actuarios y secretarios, dejarían de cobrar por sus servicios de escribanía, para recibir una remuneración a cargo del Estado. Esta reforma fue por lo tanto, algo así como la "nacionalización de los escribanos" al Poder Judicial.

La llamada Revolución Mexicana, también produjo una reforma judicial. Los problemas obreros y agrarios suscitados en el porfirismo, no fueron debidamente atendidos y solucionados por el Poder Judicial de aquel entonces, de tal forma, que las acciones civiles que en su momento pudieron haber tenido los campesinos respecto a la dotación y restitución de las tierras que le fueron despojados por los hacendados porfiristas, no tuvieron el cauce legal judicial que pudo haber tenido en un Estado liberal; contrario a ello, la construcción del "Nuevo Estado" concebido en la Revolución, dejo esas acciones legales, en manos del titular del Poder Ejecutivo, es decir del Presidente de la República. Algo parecido ocurrió con los conflictos obrero patronales, quien quedó en manos de las denominadas "Juntas de Conciliación y Arbitraje", mismas que se encontraban integradas por representantes de los trabajadores y patrones, con el arbitraje, del representante del Gobierno, es decir, del Poder Ejecutivo.

La revolución o mejor dicho, los gobiernos revolucionarios, dejaron en manos del Poder Ejecutivo la impartición de justicia, mermando de su intervención al Poder Judicial. Y si eso ocurrió con la "impartición de justicia", lo mismo ocurrió con la "Procuración de justicia".

La Constitución de 1917 creó la figura del Ministerio Publico, que ya existía en la época del porfiriato, sólo que este era un auxiliar del juez, un colaborador más de los jueces; la nueva constitución política, crearía un "monstruo burocrático" además arbitrario, discrecional y poderoso, que fue el Ministerio Publico, entidad subordinada al Presidente de la República, encargada de investigar y perseguir los delitos, misma que se auxiliaría con la Policía Judicial (que de Judicial no tenía nada, pues dependía del Poder Ejecutivo).

De esa forma, los gobiernos de la revolución mexicana, concibieron la impartición de justicia, como un asunto de "algunas personas", pues los asuntos agrarios y obreros, serían "tutelados" por el "gobierno revolucionario" que encabezaría el Presidente en turno. La Procuración de justicia, sería también una de las tantas actividades del Presidente de la República, encargado de investigar los delitos, por conducto del Ministerio Publico y de su temible Policía Judicial. Mientras tanto, el "juicio de amparo" se volvió elitista, sólo para aquellas personas, no campesinas ni trabajadoras, que podían reclamar justicia en los tribunales civiles.

El presidencialismo mexicano, que aunque parece increíble, todavía existe en nuestro derecho mexicano, pero ahora sin presidentes, se distinguió durante el siglo XX por su capacidad de "procurar" e "impartir" justicia; el Estado nacido de la revolución, creaba leyes y mas leyes de contenido social, que sirvieron precisamente para promover ese anhelo de justicia y también, se dio a la tarea de crear tribunales u órganos con funciones jurisdiccionales, encargados de "procurar" e "impartir" justicia, fue así que nació el Tribunal Fiscal, el Tribunal de lo Contencioso, la Procuraduría Federal del Consumidor, la Procuraduría Federal Ambiental, la Procuraduría Agraria, el Tribunal Agrario, la Comisión Nacional de Arbitraje Medico, la  Tribunal Electoral, la Procuraduría Social, Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, Comisión Federal de Competencia, Contraloría Interna, síndicos y jueces civicos y cantidad de organismos, algunos de nombre insospechado y difícil de memorizar, como la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, que debe servir para algo.

El Estado ha intervenido tanto en su preocupación de procurar e impartir justicia, que ha creado cantidad de instancias burocráticas para poder cumplir con ese noble objetivo. Sin embargo, en teoría, esta sociedad debería ser justa por la cantidad de los organismos publicos encargados de la procuración e impartición de justicia, pero lamentablemente no es así. Los resultados han sido ineficaces, se habla de impunidad, corrupción, cada ciudadano en México, tiene una historia que contar, respecto a por lo menos a un episodio de su vida, que se sintió desprotegido, abandonado y traicionado, por los aparatos estatales, encargados de hacer precisamente de aquello que la Constitución le prohibe a los gobernados, "hacer justicia".

Lo que nadie se ha atrevido a decir, o quizás si lo han dicho, pero aún no lo he escuchado, es que el sistema judicial mexicano, fue un sistema construido, para enaltecer las cualidades, virtudes y poderes metaconstitucionales del Presidente de la República. El Al Tlatoani mexicano, capaz de resolver cualquier conflicto, con el sólo poder de sus mandatos.

Los poderes del Presidente mexicano fueron tan grandes, que era capaz de nombrar y remover a los titulares de los órganos de procuración e impartición de justicia, que no pertenecieran a la esfera del Poder Judicial; y respecto a los integrantes de la Judicial, hubo reformas legales y constitucionales tan presidencialistas que le otorgaban a éste, la facultad de concederles garantía de audiencia, "en privado", a los jueces, que pudieran ser destituidos por el Presidente, por su "mala conducta".

El sistema de procuración de justicia, me refiero al Ministerio Publico, siguió el mismo camino de ineptitud, prepotencia y discrecionalidad. Una autoridad política, no judicial, encargada de "formalizar" las investigaciones discrecionales que los policías judiciales obtenían, a base de tortura o de la complicidad de estos, con la delincuencia, llamese "madrinas". La decisión ministerial, además de discrecional, era arbitraria e irrevocable, nadie podía impugnarla.

No vayamos lejos, el sistema judicial construido en estos años, siguió al pie de la letra, la filosofía revolucionaria de Pancho Villa, "primero fusilas, luego averiguas", aquí fue, "primero encarcelas, privas de su libertad y después investigas". Las barandillas de las agencias del Ministerio Publico o las  rejilla de practicas de los juzgados, son claro ejemplo, de ese autoritarismo mexicano que debe desaparecer por siempre. La corrupción y el influyentismo, columnas fundamentales de la simulación de la justicia mexicana, con un juez disminuido ante el poder del Procurador General de Justicia,. una policía temible, coludida con la delincuencia y temible en sus métodos para "descubrir" verdades históricas a base de la técnica del "tehuacanazo", con la complicidad de los Ministerios publicos convertían en expedientes de papel sus "verdades legales" y que los jueces, lamentablemente, ratificaban la falacia jurídica; son todos ellos, los pilares, de la justicia que conocen la mayoría de los mexicanos.

Las reformas judiciales implementadas en la época de Alvaro Obregón, Miguel Aleman Valdez, Gustavo Diaz Ordaz, Miguel de la Madrid Hurtado, fueron reformas constitucionales, encaminadas a "burocratizar" más al Poder Judicial, es decir, aumentarle el numero de Salas, de dos a cuatro, de salas ordinarias a extraordinarias, de doce a veinticuatro ministros; de crear Tribunales Colegiados de Circuito y tecnicismos juridicos, que fueron distorsionando o mejor dicho, privilegiando, el conocimiento técnico de los juicios de amparo, cada vez mas alejado este recurso de tutela constitucional, de la mayoría de los ciudadanos y cada vez mas cercano, de algunos profesionistas iusperitos, encargados de la interpretación normativa del derecho.

Pero esto llegó a su fin, aunque la resistencia cultural no parece todavía entenderlo; hoy, el sistema judicial mexicano aspira ser otro, totalmente distinto, de lo que siempre fue.

Han sido muchas las reformas, quien bien merece la pena enumerar.

En el año de 1993 siendo presidente Carlos Salinas de Gortari, se propuso una reforma constitucional que sin duda alguna, constituyó el inició de una nueva historia que contar en la reforma judicial. En ese año, se le restó autoridad a la Policía Judicial, se le prohibió la tortura, la confesión rendida ante este y se amplió las garantias individuales de proceso penal, en la fase de la averiguación previa; esta reforma, desapareció el concepto de "cuerpo del delito" que se manejaba en aquel entonces y estableció otro termino con mayor tecnicismo jurídico para los abogados penalistas, "elementos del tipo", le impuso al MP la carga de acreditar su acusación y peor todavía; creó el ombudsman nacional, es decir, la Comisión de Derechos Humanos, muy criticada también, pero al fin a cabo, una instancia burocrática diferente a las demás, pues esta era la encargada de promover la cultura de los derechos humanos en los ciudadanos, pero lo mas importante, fue que sirvió de contrapeso, al poder arbitrario que en aquel entonces tenía el Ministerio publico (y que todavía las inercias del sistema), sigue teniendo.

El año de 1995, vino otra reforma judicial "radical" en la historia del derecho mexicano, muy criticada, pero también, en ciertos momentos, muy decisiva en el fortalecimiento del Poder Judicial mexicano. En ese año, el entonces Presidente Ernesto Zedillo Ponce de León, "jubiló" a todos los ministros de la Suprema Corte y designo a otros con la ratificación del Senado, hecho que ha sido considerado por algunos analistas políticos, como un "golpe de estado" al Poder Judicial. 

Pero independientemente de ese incidente, la reforma zedillista hizo tres aportaciones valiosas en el fortalecimiento de la justicia.

La primera de ellas, previó la posibilidad de que las determinaciones del No Ejercicio de la Acción Penal dictadas por el Ministerio Publico, fueran impugnadas, es decir, le resto al MP su facultad discrecional de resolver y puso en manos de los ciudadanos, la exigibilidad de que el "Representante Social" rindiera cuentas respecto a su determinaciones, esto obviamente obligó a que el Ministerio publico, fundara y motivara sus actos, mismos que serían revisados, por las propias instancias de la Institución y en su caso, hasta por la propia autoridad judicial, mediante la vía del amparo.

La segunda aportación, fue la creación del Consejo de la Judicatura, un organismo disciplinario insertado dentro del Poder Judicial, que se encargaría de la profesionalización y vigilancia de los jueces y magistrados. Por vez primera, se habló de la "profesionalización" de los servidores publicos del Poder Judicial, algo que parece obvio, pero que no existió en las décadas del autoritarismo; la disciplina, también constituyó una gran aportación de esta reforma, por vez primera, serían los propios jueces quienes conocerían de sus faltas y no la intervención del Poder Ejecutivo como ocurrió antes. 

La tercera aportación, fue que la implementación de la acción constitucional, a cargo de las minorías legislativas afectadas por la aprobación de leyes, así como también, el otorgamiento de la Suprema Corte de la competencia para conocer de conflictos que podían suscitarse, entre distintos órganos y niveles de gobierno. Esta reforma constitucional, le restó el poder político al presidente hasta para conocer de conflictos municipales y dejó en manos del Poder Judicial, la solución de los mismos.

Sin embargo, estas reformas judiciales se vieron rebasadas por dos fenómenos nuevos que suscito la globalización. La primera de ellas, la economía criminal y la segunda, la revolución informática.

La economía criminal, es el sistema de la empresa criminal proveedora de bienes y servicios ilícitos, que ha podido crear una infraestructura capaz de debilitar el monopolio de la violencia del Estado. No solamente eso, ha sido capaz de ofrecer las oportunidades de trabajo y realización personal, que el Estado, no ha podido brindar a sus ciudadanos. La Procuración de justicia mexicana fue concebida para un Estado cerrado, con una población fácil de controlar, a través de sus instrumentos represivos que era la Policía Judicial. Sin embargo, ante la economía criminal, el Estado se ve reducido, las cadenas de productores, distribuidores y consumidores están dentro y fuera de la nación; el Ministerio Publico nunca fue diseñado para investigar realmente delitos, su tarea fue durante décadas, atemorizar ciudadanos, disuadir la participación política, prefabricar culpables, simular actuaciones, en pocas palabras, cumplir con las apariencias; nunca como antes, tuvo tareas como enfrentar a bandas de asaltabancos, secuestradores, guerrilleros, narcotraficantes. 

El segundo fenómeno, lo constituyó el internet y las computadoras, pues la aparición de nuevos hadwares y softwares, si bien contribuyó a la difusión y acceso a la información judicial, refiriéndome a ello a programas como el Ius que difundió los criterios jurisprudenciales dictados por el poder Judicial desde 1917, también no debe perderse la vista, que nunca como antes, aumentaron la vulominosidad de los expedientes judiciales, de las sentencias, los recursos, las demandas; la computadora en vez de servir para agilizar las diligencias judiciales, hizo todo lo contrario, pues aumento mas la carga de trabajo, la cantidad de papel y por ende, la contaminación ambiental. Los abogados y funcionarios judiciales, pierden tiempo valioso en leer demandas, escritos, promociones, hechas de "machote", con los comandos de "copiar" y "pegar" que ofrece Word Office; la situación debe reconocerse como caótica y por momentos absurda.  Los asuntos judiciales se han convertido en papel y este, aunque suene rudo, se ha convertido en basura, por ende, nuestro sistema de justicia de ha vuelto una basura. 

Así es como llegamos al final de este ensayo, entre criminales y computadoras, la ultima reforma, publicada en el 2008, promete ser una reforma radical, al implementar los juicios orales y la justicia alternativa; dos nuevos conceptos juridicos que ameritan estudiarse en una segunda parte. Pero que también, tienen retos, que todos los mexicanos debemos cumplir...

Nos vemos en la próxima...

 





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