REINVENTANDO LA ENSEÑANZA DEL DERECHO

(CONSTRUCTIVISMO, APRENDIZAJE SIGNIFICATIVO, SOCIODRAMA Y TECNOLOGIA JURIDICA)

El aprendizaje del Derecho, requiere de una necesaria revisión. Siempre he sostenido que el modelo tradicional equiparo a los maestros como una especie de jurisprudentes, “vacas sagradas”, maestros sábelo todos, capaces de invocar cada precepto normativo contenido en la Constitución, en algún Código o en alguna ley; hombres con la capacidad memorística, para citar frases en latín y con un amplio bagaje cultural, que hacía de sus disertaciones, verdaderas conferencias, donde nacía la interpretación del derecho. Hombres ejemplares que reencarnaban la justicia, la equidad, el conocimiento sagrado de la ley; realmente, este modelo de maestro, tiene su inspiración en los sacerdotes pontífices del derecho romano, los juristas que servían de intermediarios, entre los dioses que dictaban las leyes y los seres humanos, quienes estaban obligados a cumplir con esas leyes
Bajo este esquema, los aprendices del derecho, asumen un papel pasivo. Cada alumno por lo tanto, asume el rol de eternos oyente del conocimiento que les comparte sus maestros, los escucha, toman notas de lo que dice, les dicta, trata de asimilar las experiencias que les narra sus maestros como si fueran las suyas; acude a leer los libros escritos por su maestro, porque en él, encierra el conocimiento secreto y sagrado que éste tiene. El buen alumno del derecho, será siempre aquel, que aspire a imitar a su mejor maestro. Sin darse cuenta, cuando el alumno ejerce su carrera profesional, se convierte en lo que fue su maestro.
 
En el sistema tradicional del derecho, los maestros no mueren. Heredan y transmiten sus conocimientos, su forma de ser, de enseñar, de ejercer la actividad profesional, va simplemente traspasando generaciones da generaciones; finalmente el alumno convertido en maestro, es la continuación de quien fue su maestro.
El siglo XX fue el siglo de la modernidad, las ideas filosóficas tuvieron la necesidad de especializarse en algún campo de conocimiento y de demostrar, que su conocimiento especializado, era verdaderamente “científico”, autónomo, independiente de cualquier otra rama cognoscitiva. Durante años, los maestros en Derecho reencarnaban los valores de justicia y por eso, eran admirados y respetados. Sin embargo, a partir de la década de los años treinta, cuando Hans Kelsen inicia con la exposición de la Teoría Pura del Derecho, la parte “romántica” e “idealista” del Derecho se rompe; nada que no sea Derecho, es Derecho. La Teoría Pura del Derecho, es “pura”, porque este contiene en su principio científico y metodológico, excluir de su conocimiento, a cualquier otra rama del conocimiento que no sea Derecho. Es decir, la Teoría “expulsa” a la Política, a la Economía, a la Filosofía, a la Sociología, a la Biología y a otras ramas del conocimiento humano, en “aras de no contaminar el Derecho”. La necesidad de cientifizar el Derecho, hace de la Teoría Pura del Derecho, la “verdad científica” del Derecho. Lo peor ocurrió, cuando esta Teoría Pura, no solamente termina de expulsar a las otras ramas del conocimiento humano, sino que también, termina sustituyendo, el significado de Jurisprudencia por el de Derecho.
Hasta antes, los que estudiaban jurisprudencia, eran jurisconsultos y aspiraban a ser jurisprudentes, y estudiaban con maestros jurisconsultos, en las facultades de jurisprudencia. Pero cuando las teorías científicas de Kelsen son aceptadas plenamente por la comunidad científica y académica, desaparece la jurisprudencia, por contener este, ideas éticas o filosóficas, ajenas al conocimiento jurídico del Derecho, por lo tanto, desaparecieron los jurisconsultos, por profesores de derecho, las facultades de jurisprudencia cambiaron su denominación por facultades de derecho, inclusive, los títulos de Licenciado en Jurisprudencia o de Abogado, desaparecieron, por el de Licenciado en Derecho. Los profesores de Derecho Constitucional, dejaron de enseñar Política; los que enseñaban Derecho Civil o Mercantil, no enseñaban Economía; los que impartían cátedra de Derecho Procesal, Familiar o Penal, no enseñaban Psicología. El conocimiento jurídico enseñado por los maestros de derecho, se volvió especialistamente normativo. Lo único filosófico que había en sus cátedras, era encontrar la denominada “naturaleza jurídica”, pero no  profundizaba a otras ramas del conocimiento; luego entonces las facultades de derecho, se encargaron de educar a profesionales de un conocimiento, igual de secreto y sagrado, pero sumamente apartado y aislado de otros profesionistas; los egresados de las facultades de derecho, adquirieron un rango de arrogancia y soberbia intelectual, pues conocían las normas con las que se regía el Estado, sin juzgar si éstas eran de un estado autoritario y antidemocrático, si era justo o revolucionario; los abogados del siglo XX, se volvieron fríos y sumamente racionales, los principios de equidad y justicia, fueron sustituidos por el de legalidad y validez; sólo les falto cambiar la denominación de Suprema Corte de Justicia, por el de Suprema Corte de Validez.
Los tiempos cambian, el Estado de la posmodernidad que nació a partir de la revolución informática, se privatizó, el mundo se globalizó, la población a nivel mundial se triplicó, el conocimiento científico dejó de ser autónomo e interactúo con otras ramas científicas, para convertirse en mera tecnología (ciencia aplicada). La enseñanza del Derecho, requiere reinventarse. La mejor forma, es diseñar nuevos modelos que permita a nuestro conocimiento, interactuar con otras ramas del conocimiento, para poder generar así, su propia “tecnología”.
Un primer modelo, seria constructivista, es decir, hacer que el alumno asuma su propia responsabilidad de aprender, de ir construyendo su propio aprendizaje, aprovechando para ello el amplio bagaje cultural que guarda, no solamente las bibliotecas, sino el internet. Cabe señalar que si el alumno, no asume su propia responsabilidad de aprender, nadie, más que él, podrá hacerlo. Desaparece la figura del maestro jurisconsulto, por el de un alumno, interesado en aprovechar el exceso de información que ahora tiene, entre ellos, preguntarle a su “facilitador” (identificado como maestro). El alumno estudiante del derecho, no aprenderá nada, que no decida construir, con la información que este ya tiene. Quien llega a estudiar derecho, tiene una vida estudiantil de por lo menos doce años, los mismos que adquirió en la educación básica y en su bachillerato, por lo tanto, el conocimiento adquirido se enriquece con el conocimiento de las normas jurídicas. El estudiante de derecho, no se hace abogado porque tenga los mejores maestros y estudie en la mejor escuela, se hace abogado, porque decide construir su propio conocimiento.
El segundo modelo, sería el aprendizaje significativo. Es decir, el alumno que construye su propio conocimiento jurídico, debe darle un sentido al mismo, es decir, debe ser capaz para responderse “¿para que decide estudiar?”, “¿para donde?”, “¿Cuál es su misión y su visión, tanto individual como en lo colectivo?”.  Las personas que tienen sentido, tienen futuro, esperanza y trabajo. Tienen cimientos, principios, valores, hacen de la ética, su forma de vida. El alumno de derecho, debe construir su propio conocimiento de las normas jurídicas, pero también, debe crear y darle sentido a sus propias normas internas, que son las que le darán identidad, hábitos, carácter y liderazgo. Debe entender el sentido de la justicia, la legalidad, la igualdad, la libertad y la responsabilidad, entre otras más. Las palabras escritas y huecas que alguna vez leyó y escucho en la boca o en los libros de sus maestros, debe ahora aplicarlas en su propia persona y en beneficio de la sociedad.
El método para poder hacer este proceso de aprendizaje, es el sociodrama jurídico. El juego grupal en el cual, el maestro como los alumnos, aprenden y enseñan mutuamente jugando; donde cada quien asume su propio rol en el juego, así como su propia responsabilidad de aprender y de asumir sus consecuencias que el grupo social le imponga.
Se han llevado a cabo diversos sociodramas; se han hecho republicas constitucionales, operaciones jurídico comerciales de compra venta de bancas, de congresos parlamentarios; la tecnología jurídica incluye no solamente de fotografías y videos que permitan a los psicólogos, sociólogos y politólogos analizar el fenómeno grupal, sino también, de las memorias por escrito que desarrollaron cada uno de los alumnos durante el proceso del sociodrama; se han generado nuevas interrogantes para la investigación jurídica, inclusive, iniciativas de ley para presentarla a los órganos legislativos estatales. En el futuro, se harán los simulacros de juicios orales, así como brigadas de procuración de justicia y enseñanza de los derechos humanos, a las comunidades populares y más pobres del país,  tanto de la ciudad, como de las áreas rurales.
Quizás suene muy sofisticado eso de reinventar la enseñanza del derecho.  Acúseme de no tener quizás la debida claridad para poder exponer y transmitir esta idea. Lo que quiero tratar de decir, es que la enseñanza del Derecho, debe cambiar radicalmente porque el modelo tradicional en el que se imparte actualmente, ya no corresponde al tipo de vida que hoy nos enfrentamos, ni mucho menos, al que enfrentaremos en las próximas décadas. Un mundo, donde los Estados nacionales desaparecerán y actuaran como si fueran marcas comerciales, una sociedad de producción consumista, mercadológica, de tecnologías de información y comunicación de amplia difusión y uso por los sectores de la población, la cual seguirá creciendo para los próximos treinta años, al igual que el hambre, las nuevas enfermedades y la pobreza; una sociedad no solamente amenazada por la mafia global, el terrorismo, sino también por la pérdida de valores humanos y del incremento a los riesgos ambientales, de un planeta que protesta y se sacude, por el consumo excesivo e irracional de los recursos naturales.
La teoría pura del derecho debe de ser asimilada como una teoría más dentro del bagaje extenso que comprende la información; pero ya no debe regir dogmáticamente, por un minuto más, en la formación de los futuros egresados de las carreras de derecho.
La enseñanza del derecho debe ser activa, propiciar que los alumnos construyan su propio conocimiento y le den sentido al mismo, a fin de que estos, no sean en el futuro, profesionistas comprometidos, sino también, sean capaces de generar la “tecnología jurídica” que les permita solucionar el cumulo de problemas que agobian al planeta entero.
La reinvención de la enseñanza del Derecho, es una tarea ardua y compleja; que en este momento, pasa por las aulas de la Facultad de Estudios Superiores Aragón de la Universidad Nacional Autónoma de México. Ahí las estamos definiendo.

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