LA PROFESIÓN JURÍDICA
Por profesión, debemos entender la ocupación habitual que realiza una persona, dentro de una sociedad determinada.
No solamente te se trata de un concepto de índole social, que diferencia las ocupaciones que realiza una persona o grupo de personas frente a otros, sino que también constituye una actividad económica, mediante el cual, el profesionista presta un servicio, que por sus conocimientos y habilidades, requiere de una autorización y vigilancia a cargo de alguna autoridad estatal.
Así las cosas, existe el error conceptual, en cierta forma alimentada por el romanticismo y la ignorancia, de que la única profesión jurídica que existe, es la abogacía y peor aún, se concibe que todo aquel que estudia Derecho, como forzosa y necesariamente abogado.
Como veremos en los siguientes blogs, la profesión jurídica es muy variada y puede tener esta diversas modalidades de ejercer el Derecho.
A efecto de poder desarrollar la presente exposición, empezaremos diciendo que la denominación correcta con la debe entenderse al profesionista en Derecho, es la de Jurista. Así pues, se dice que el que estudia física le dicen físico, y el que estudia química, químico, o el que estudia biología, se le conoce como biólogo; entonces el que estudia Derecho no, se le puede decir “derecha”, “derechista” o “derechologo”.
RUDOLPH VON JHERING, dice que los conceptos jurídicos existen en los pensamientos y que estos se fueron gestando por la vía de la lógica; con total independencia del mundo real. Dichos conceptos, únicamente se captan cuando los seres humanos, desde su estado fetal, nacen con la mons idealis, que los convierte en juristas; obviamente Jhering lo dice en forma de broma y de metáfora, porque el razonamiento jurídico implica que quien quiera conocerlo, sepa obviamente de Derecho.
Así las cosas, quien sea jurista debe haber nacido con el mons idealis, que le permita saber la iurisprudencia.
Ignacio Burgoa Orihuela nos dice que el jurista, “es el cultor del Derecho”.
La importancia ingente de su tarea social - la del jurista - deriva puntualmente de la trascendencia del orden jurídico. Su actividad primordial estriba en construir para perfeccionar su normatividad positiva y en vigilar su respeto. Por ello, el jurista es un garante de la sociedad en cuanto que debe procurar que en ella imperen la justicia y la seguridad.
Así pues, una de las cualidades morales del jurista, es la honestidad, que en su sentido amplio equivale a no ser corrupto. El sentido de justicia, así como abocarse a las cuestione sociales, ya que es un servidor de la sociedad.